Definición OAIM (Oficina de Acceso a la Información Municipal)

Está aquí: 

La Oficina de Acceso a la Información (OAI), es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública Ley 200-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas tanto públicas como privadas mediante las informaciones solicitadas.

Visión

Ser reconocida en el ámbito público como una institución integra que promueve la transparencia y la participación del ciudadano.

Misión

Atender al derecho que tienen las personas de recibir información completa veraz, adecuada y oportuna garantizando la calidad en el servicio y la confiabilidad de las mismas.

Valores

Responsabilidades, transparencia, vocación de servicio, honestidad y eficiencia.

Definición RAI

El Encargado de Acceso a la Información, es el responsable de recolectar, sistematizar y difundir las informaciones requeridas, y ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas.

Responsabilidad del RAI 

  • Recibir y tramitar las solicitudes de libre acceso a la información.
  • Ayudar al ciudadano en el llenado del formulario.
  • Entrega de acuse de recibo al solicitante.
  • Informar y orientar a los solicitantes al respeto de otras instituciones u organismos que pudieran tener la respuesta a la información solicitada.
  • Realizar los trámites necesarios, dentro de la institución para entregar información con eficiencia, veraz y oportuna.
  • Efectuar las notificaciones a los solicitantes.
  • Llevar un archivo de las solicitudes de acceso a la información, sus antecedentes y tramitación, resultados y costos.
  • Elaborar estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información.
  • Poner a disposición de la ciudadanía tanto como en el portal de la institución, como en el mural del ayuntamiento.